¿Cómo se extiende el privilegio abogado-cliente a los empleados del abogado?

Los empleados de un abogado o una firma de abogados son sus agentes y están sujetos a las mismas reglas éticas con respecto a la no divulgación de información privilegiada que los propios abogados.

Aquí en WA, el abogado tiene el deber de garantizar que sus empleados sigan todas las reglas éticas aplicadas por los RPC:

RPC 5.3 – RESPONSABILIDADES CON RESPECTO A LOS ASISTENTES NO ABOGADOS

Con respecto a un no abogado empleado o retenido por o asociado con un abogado:

(a) un socio y un abogado que individualmente o junto con otros abogados posean una autoridad administrativa comparable en un bufete de abogados deberán hacer esfuerzos razonables para garantizar que la firma tenga en efecto medidas que garanticen razonablemente que la conducta de la persona es compatible con las obligaciones profesionales del abogado

(b) un abogado que tenga autoridad de supervisión directa sobre el no abogado deberá hacer esfuerzos razonables para garantizar que la conducta de la persona sea compatible con las obligaciones profesionales del abogado; y

(c) un abogado será responsable de la conducta de una persona que sería una violación de las Reglas de Conducta Profesional si es contratado por un abogado si:
(1) el abogado ordena o, con el conocimiento de la conducta específica, ratifica la conducta involucrada; o
(2) el abogado es socio o tiene una autoridad administrativa comparable en el bufete de abogados en el que la persona está empleada, o tiene autoridad de supervisión directa sobre la persona, y conoce la conducta en un momento en que sus consecuencias pueden evitarse o mitigarse, pero no toma medidas correctivas razonables.

Ref: http://www.courts.wa.gov/court_r…

Solo para agregar a lo que dijeron Cliff Gilley y Paul Dezso deHolczer, un abogado generalmente hace que el empleado o el contratista independiente firmen un acuerdo de confidencialidad para confirmar.

a2a: El privilegio abogado-cliente pertenece al cliente y se aplica al abogado y a los agentes del abogado. El cliente puede renunciar al privilegio. El privilegio se extiende al menos por la vida del cliente, sin tener en cuenta permanecer como cliente o empleados que continúen trabajando para el abogado. El privilegio puede extenderse después de la muerte del cliente en algunas jurisdicciones. Es la práctica preferida en mi barrio incluir responsabilidades con respecto al privilegio en los acuerdos de empleo entre un bufete de abogados y sus empleados, así como también recibir capacitación continua. Sin embargo, dicho acuerdo se refiere a la confidencialidad que un abogado le debe al cliente y no al privilegio que no está relacionado por el mismo. Dicho acuerdo no protegería la comunicación de consultas de terceros, si no fuera privilegiado. En cuanto a exigir a alguien que testifique sobre lo que vieron en lugar de lo que escucharon, creo que es muy poco probable y se consideraría como un intento de socavar, debilitar o eludir el privilegio, que es una piedra angular muy reconocida de la jurisprudencia estadounidense.

Cualquier cosa que de otro modo sería privilegiada no pierde su privilegio porque la persona interrogada es un empleado en lugar de un abogado. De hecho, los abogados son responsables de educar a sus empleados, consultores, lo que usted tiene, sobre nuestras reglas éticas y asegurarse de que sigan esas reglas. El privilegio no desaparece cuando la persona es despedida o renuncia. El privilegio es para siempre, salvo excepciones mínimas.

El privilegio se extiende a todos los empleados de un abogado. Los deberes de confidencialidad se aplican a todos los empleados de un abogado. Es responsabilidad del abogado supervisar adecuadamente para mantener la confidencialidad del empleado. Un ex empleado de un abogado no tiene derecho a publicitar las confidencias de los clientes por ningún motivo.