Empleadores: ¿dudarían en contratar a un miembro de la Guardia Nacional sabiendo que no pueden despedirlos si están desplegados?

No, no dudaría. Hay muchas buenas razones para contratar a alguien que está en la Guardia Nacional. Con frecuencia tienen excelente entrenamiento, disciplina y habilidades; al igual que los miembros del ejército regular. Sería un honor ofrecer un puesto a una persona calificada que sea lo suficientemente desinteresada para servir a nuestro país en estos tiempos peligrosos.


Si la persona se despliega, generalmente existe la obligación de volver a contratar a la persona, esto es cierto. Y no puede despedir a la persona durante el primer año de regreso, a menos que tenga una causa. Sin embargo, es incorrecto decir que no puede despedir a la persona durante ese año. Si la persona hace algo que proporciona una razón legítima para despedirla, puede hacerlo. Simplemente tiene que ser capaz de respaldarlo.

La persona no califica para esta protección si:

  • No se pudo proporcionar la notificación previa adecuada
  • Tenía más de 5 años de servicio acumulativo mientras trabajaba para ese empleador (con algunas excepciones)
  • No regresa a tiempo para trabajar / solicitar el reempleo
  • Fue separado del ejército con algo más que una baja honorable

Por cierto, es una violación de la ley negarse a contratar a alguien porque es miembro de la Guardia Nacional. Por lo tanto, las personas pueden dudar todo lo que quieran, pero si la persona de la Guardia Nacional puede demostrar que se le negó el empleo debido a su estatus en la Guardia Nacional, el empleador tendrá algunos problemas.

http://www.justice.gov/sites/def…

Hablando por Canadá, en realidad tuve este problema cuando aún estaba en las Reservas. Estaba trabajando para una pequeña empresa y tenía algo de capacitación por venir. Pude tomar el entrenamiento durante un NÚMERO de fines de semana, o podría tomarlo como un curso de diez días seguidos.

Fui a hablar con mi empleador al respecto (él manejaba el negocio y su esposa desempeñaba las funciones menos críticas) para ver cómo organizar diez días libres consecutivos. Su Paralegal también estaba en la oficina cuando entré.

Antes de que mi jefe pudiera hablar, su esposa se fue. Ella dijo que nunca me habrían contratado si hubieran sabido que esto podría suceder. (Dado mi MOSID, era ALTAMENTE, ALTAMENTE improbable que hubiera sido desplegado)

En realidad, podía ver al Paralegal empujar a la esposa de mi jefe para que dejara de hablar. Mi jefe luego me preguntó si había algo más que pudiera arreglar y le dije que lo buscaría.

Diez minutos después, mi jefe se acercó a mí y me dijo que hiciera lo que tenía que hacer. Más tarde descubrí que el Paralegal les había informado que no solo tenía derecho a diez días al año de descanso del trabajo (¡no remunerado!) Sino que se negaron a dejarme ir era una Ofensa Federal!

Entonces, en ese caso, parecería que no me habrían contratado si lo hubieran sabido. Dicho esto, ahora que estoy en una posición en la que hago la contratación, si veo actividad de Reservista en el CV de alguien, va directamente a la pila “Necesito mirar a esta persona”.