¿Puede mi empleador no permitirme cambiar de empleador según el acuerdo de confidencialidad que firmé?

No. La intención del acuerdo de no competencia o confidencialidad es evitar la solicitud de clientes existentes o el robo de ellos o los secretos de la empresa. Usted es considerado a voluntad a menos que tenga un acuerdo de no cortar, no dejar de fumar por la duración de ese período. La ley desalienta la no competencia que obstaculiza tanto a una persona que comprometerse en un empleo se vuelve casi imposible. La siguiente es una breve descripción de esta cláusula:

En derecho contractual, una cláusula de no competencia (a menudo NCC), o pacto de no competir (CNC), es una cláusula bajo la cual una parte (generalmente un empleado) acuerda no entrar o comenzar una profesión o comercio similar en competencia contra otra parte (generalmente el empleador). Algunos tribunales se refieren a estos como “pactos restrictivos”. Como disposición del contrato, un CNC está sujeto a los requisitos del contrato tradicional, incluida la doctrina de la consideración. El uso de tales cláusulas se basa en la posibilidad de que, después de su terminación o renuncia, un empleado pueda comenzar a trabajar para un competidor o iniciar un negocio, y obtener una ventaja competitiva explotando información confidencial sobre las operaciones o secretos comerciales de su antiguo empleador, o información confidencial. como listas de clientes / clientes, prácticas comerciales, próximos productos y planes de marketing.

Sin embargo, un CNC demasiado amplio puede evitar que un empleado trabaje en otro lugar. El derecho consuetudinario inglés originalmente sostenía que cualquier restricción de este tipo era inaplicable según la doctrina de la política pública. La jurisprudencia contemporánea permite excepciones, pero generalmente solo hará cumplir los CNC en la medida necesaria para proteger al empleador. La mayoría de las jurisdicciones en las que los tribunales han examinado dichos contratos han considerado que los CNC son legalmente vinculantes siempre que la cláusula contenga limitaciones razonables en cuanto al área geográfica y el período de tiempo en el que un empleado de una empresa no puede competir. [2]

La medida en que las cláusulas de no competencia están legalmente permitidas varía según la jurisdicción. Algunas jurisdicciones, como el estado de California en los EE. UU., Invalidan las cláusulas de no competencia para todas las partes interesadas, excepto las empresas de capital.

La cláusula que ha proporcionado tiene la intención de evitar que solicite a los clientes y empleados del Empleador A que se conviertan en sus clientes o que se vayan a trabajar con usted. La situación que me ha descrito generalmente no está implicada en esta cláusula porque no está tomando al cliente del empleador a, incluso si va a trabajar allí, será un cliente y tampoco tomará ningún empleado. Por lo tanto, esta cláusula en sí misma, salvo otros hechos sobre su estado y circunstancias, no lo impediría.

Sin embargo, una solicitud no se proporciona casi nunca sin una cláusula de no competencia. El objetivo de no competir es evitar que trabajes con un competidor. Por lo tanto, suponiendo que el cliente sea un competidor, estaría incumpliendo su contrato para ir a trabajar para ellos.

Lea todo su contrato, si aún no está seguro, muéstrelo a un abogado laboral local.

Para mí no está claro que el lenguaje que usted citó le impediría ser contratado por la empresa a la que su empleador proporcionó servicios. Por un lado, ¿esta empresa realmente compite con su empleador actual? No dices, y cuando una empresa presta servicios a otra, a menudo no compiten. Por otro lado, claramente este no es el contrato completo, y otras disposiciones pueden ser relevantes. Y, como han mencionado otras respuestas, algunas jurisdicciones limitan el grado en que los acuerdos para no competir son exigibles.

Creo que debe consultar a un abogado con experiencia en derecho laboral en su jurisdicción, y mostrarle a ese abogado el contrato completo y cualquier comunicación relevante entre usted y su posible empleador. Debe saber cuáles son sus derechos reales en este caso.

Además, no olvide que incluso si su empleador actual tiene el derecho de evitar que acepte este trabajo, es posible que no decida hacerlo. Puede ser una buena idea simplemente pedirle permiso a su empleador actual para aceptar el nuevo trabajo, tal vez si firma un acuerdo para no divulgar información comercial específica. Un abogado podría aconsejarle sobre las ventajas de hacer tal solicitud.

En algunos casos, este tipo de restricciones no son exigibles. Algunos estados y países incluso han obligado a sus tribunales y sistema legal a prohibirlos, ya que pueden usarse fácilmente para restringir las opciones de empleo de una persona. Algunas carreras tienen opciones limitadas de empleo, por lo tanto, los tribunales intervienen para proteger a los empleados. Pero incluso cuando las compañías pierden su cumplimiento, pueden ponerlo en la lista negra, y buena suerte regresando de esa etiqueta.

Lo que debe hacer es buscar asesoría legal especializada con leyes laborales explícitas, y no un asesor general. Independientemente de lo que te digan, tómalo con un grano de sal y piénsalo de manera objetiva, ya que normalmente solo están mirando tu billetera para ser sincero.

Si. Usted acordó una estipulación de que no entablaría ningún negocio con un competidor durante un año después de abandonar su empresa actual.

Dependiendo de los recursos financieros y de ahorro de la empresa que desea dejar, podría terminar en una batalla legal que no le permitirá obtener ningún trabajo. Mientras tanto, cualquier posible empleador que solicite una referencia escuchará que usted violó una cláusula de confidencialidad y no competencia, que es probablemente una de las peores cosas que puede hacer en su carrera.

En mi experiencia, algunas de estas cosas pueden evitar que trabajes en ese campo durante cinco años, por lo que ya no eres relevante. Así que sí, abogado en este caso. O al menos consulte a alguien que pueda leer esto como lo hará un tribunal. Y realmente mantente fuera de la corte.