¿Puede un empleador regalar acciones totalmente adquiridas a los empleados y al mismo tiempo hacer que paguen impuestos?

En general, como una cuestión de ley estatal y federal en las jurisdicciones de los Estados Unidos, soy consciente de …

  • La compensación “en especie” otorgada a los empleados (acciones, bienes, otras compensaciones no monetarias) se considera ingreso, por lo que deben reconocer el valor justo de mercado como ingreso al momento de la recepción.
  • Las acciones o cualquier opción “en el dinero” se gravan con base en la diferencia entre lo que paga el concesionario (o debe pagar para ejercer, en el caso de las opciones). Este ingreso es declarable a partir de la fecha en que no existe un “riesgo sustancial de pérdida”, es decir, a partir de la fecha en que se otorga, a menos que el destinatario presente una elección 83 (b) oportuna, en cuyo caso se grava a partir de la fecha de concesión.
  • Los empleadores deben pagar el impuesto sobre la nómina del lado del empleador sobre la compensación no en efectivo y reportar y retener el impuesto sobre la nómina del lado del empleado. Dependiendo de la localidad, puede haber impuestos locales sobre la nómina y la cantidad puede afectar cosas como el seguro de compensación para trabajadores.
  • La equidad otorgada en lugar de la compensación en efectivo no puede sustituir los requisitos legales para pagar un salario en efectivo, ya sea el salario mínimo, los salarios vigentes para visas H1 (b), horas extras y tiempo libre pagado, reembolso de gastos o salario prometido. En algunos casos, un empleado puede renunciar a esto, en otros casos no.
  • No existe tal cosa como un “regalo” de dinero o equidad a los empleados. Es todo ingreso.
  • La cantidad de impuestos que alguien paga realmente se determina al final del año cuando presentan sus impuestos. Todo lo que puede adivinar es cuántos ingresos reconocen de un evento determinado; cuánto deben eventualmente es su negocio.

Primero, es posible dar un regalo (no imponible) a un empleado, pero es muy, muy inusual, y generalmente solo sucederá en casos como pequeños regalos navideños, pequeños regalos de cumpleaños, etc. (Nota “pequeño”). Generalmente Sin embargo, cualquier cosa de valor que un empleador le dé a un empleado se considera una compensación por los servicios del empleado.

La compensación por los servicios, ya sea en efectivo, acciones o gominolas, está sujeta a impuestos para el empleado, a menos que exista una exención que se aplique para hacerlo no sujeto a impuestos ( por ejemplo , varios beneficios adicionales no sujetos a impuestos), o hay condiciones que se aplican para determinar la imposición . En el caso de la propiedad que se transfiere como compensación por los servicios, la regla general es que el valor justo de mercado de la propiedad es imponible para el empleado cuando la propiedad sea transferible por el empleado o cuando la propiedad ya no esté sujeta a un “Riesgo sustancial de pérdida” (a menudo denominado “adquisición de derechos”). Por lo tanto, las acciones totalmente adquiridas a las que se hace referencia en su pregunta serían imponibles para el empleado cuando se le transfieren, y son salarios, sujetos a retención, impuestos de seguridad social, etc. (lo que significa que puede ser necesario vender algunos de las acciones para tener el efectivo necesario para pagar las retenciones de impuestos, a menos que todo el impuesto requerido para ser retenido pueda ser retenido de otros salarios en efectivo).

Otras respuestas mencionaron otros aspectos de la tributación de la propiedad, que no se aplican a la situación sobre la que usted preguntó. Hay literalmente docenas de reglas diferentes y cientos de escenarios diferentes en los que el párrafo anterior no sería completamente aplicable o no presentaría una respuesta completa. Pero esas no son las situaciones sobre las que preguntaste.

Simplemente manteniendo esto relevante para su pregunta, un empleador puede entregar acciones adquiridas a un empleado, quien luego tiene que pagar impuestos sobre su valor, o un empleador puede regalar acciones adquiridas a un empleado, en cuyo caso no habría impuesto sobre la renta, pero casi siempre se considera que un obsequio del empleador al empleado es una compensación en lugar de un obsequio.